lunes, 14 de mayo de 2018

El B.O.E. al servicio de los mismos y perjudicando a la ciudadanía

El 27 de julio de 1968, durante el franquismo se publicó en el BOE, una ley que protegía a aquellos que compraban una vivienda sobre plano, los promotores tenían la obligación de
 "garantizar la devolución de las cantidades entregadas más el seis por ciento de interés anual, mediante contrato de seguro otorgado con Entidad aseguradora inscrita y autorizada en el Registro de la Subdirección General de Seguros o por aval solidario prestado por Entidad inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros, o Caja de Ahorros, para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido".

"El incumplimiento por el promotor de lo dispuesto en esta Ley será sancionado con una multa por cada infracción, que será impuesta conforme a las normas previstas. La no devolución por el promotor al adquirente de la totalidad de las cantidades anticipadas, con infracción de lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ley, será constitutivo de falta o delito sancionados en los artículos quinientos ochenta y siete, número tres, y quinientos treinta y cinco del vigente Código Penal" 

En el caso que la promotora diese quiebra, el comprador de la vivienda en obra, podría recuperar las cantidades a cuenta que hubiese entregado
.

49 cooperativistas de Los Jardines de Valdebebas  en Madrid, denunciaron a la aseguradora ASEFA ya que se negaba a reembolsar las cantidades entregadas a cuenta de sus viviendas. Hubo un pleito que llegó al supremo, los demandantes ganaron en primera instancia, recuperarían las cantidades entregadas a cuenta. La Audiencia Provincial revocó esta sentencia,  consideró que el seguro no debía hacerse cargo de la cantidad demandada. Los cooperativistas descubrieron una serie de casualidades.

Uno de los más prestigiosos abogados de Asefa era hermano de uno de los tres magistrados encargados del caso. Además, los cooperativistas también descubrieron que entre todos los demás procesos que entraron el mismo día que el suyo a la Audiencia Provincial, ninguno más acabó en la sala encargada de su caso.
Los cooperativistas entonces acudieron al Supremo y éste en septiembre de 2013 obligó a la aseguradora Asefa a pagar 5,1 millones a 49 cooperativistas. La sentencia sentó jurisprudencia a favor de los cooperativistas.

Así que el gobierno tan proclive a la defensa de los intereses de banca y aseguradoras, tomó rápidamente la iniciativa y derogó la ley de la época de Franco que obligaba a los promotores a suscribir un aval.
En enero de 2016, el Gobierno modificó la ley de 1968 por lo que se redujo el plazo para recurrir. Así, para los contratos anteriores al 1 de enero de 2016, los clientes tienen 15 años para pleitear desde la fecha de entrega de la vivienda. Sin embargo, a los que les han entregado su vivienda después del 1 de enero de 2016, solo tienen dos años desde la fecha de entrega para recurrir.

En la anterior ley bastaba con demostrar que la vivienda no había sido entregada para reclamar las cantidades entregadas a cuenta. Con la nueva ley se exige que exista una prueba de requerimiento fehaciente al promotor, cuando lo cierto es que el promotor suele desaparecer una vez que se reclama por la no entrega de la vivienda, con lo que se hace imposible presentar ese requerimiento. Todo en orden. 

Con un articulado farragosísimo y justificando la función social de banca y seguros, el aval bancario solo será válido y necesario si hay licencia de obra.
De todas estas cosas el comprador que suele serlo una vez en la vida ni se entera, así que está inerme ante la estafa y el engaño. Desconocemos muchos de nuestros derechos y cuando nos enteramos de su existencia, ya nos los han hurtado.

Los abusos y recortes de derechos son transversales. a cada uno le van mermando sus derechos en todas las facetas de su vida, como ciudadano, como librepensador, como consumidor, como trabajador, como usuario de la Sanidad pública etc.

Son numerosos los bufetes que se ocupan de la reclamación del aval, recuperar el dinero entregado, debería ser automático y el retrasar el resarcimiento debería ser objeto de castigo. Mientras banca y seguros gozan de inmunidad, las penas se aumentan para los individuos, robar una bolsa de pipas según el actual código penal es delito. 

Decir que el gobierno protege a los dueños de todo, parece una frase hecha pero no lo es.
También en el 2015 entró en vigor el nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico a beneficio de las aseguradoras y perjuicio de los damnificados.

Se les llena en la boca con el Estado de derecho pero cada vez que legislan dan un paso para retirar derechos a la ciudadanía. De seguir así estamos abocados al Estado de "no hay derecho".
Algo tendrán que ver las puertas giratorias, asistimos atónitos al ver como políticos entran y salen del gobierno a las aseguradoras.
Nada es casual.

Enlaces relacionados
http://www.angelesgarciaportela.com/2013/05/un-seguro-obligatorio-por-ley-que-lo.html
http://www.angelesgarciaportela.com/2013/05/familia-rodriguez-ponga-del-franquismo.html
http://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/comentarios_la_derogacion_de_la_ley_571968_de_27_de_julio_sobre_percibo_de_cantidades

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